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Primeras reflexiones sobre la venta de Banco Popular a Banco Santander

Sin el análisis profundo que requiere la materia, se nos ocurren varias reflexiones iniciales sobre las que -seguro- oiremos noticias en el futuro. Son las siguientes:

1. Siguiendo las órdenes de la Junta de Resolución de la Unión Europea, el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) ejecutó el proceso de amortización de las acciones del Banco Popular.

2. Como consecuencia de esa amortización, las acciones del Banco Popular pasaron a tener valor cero.

3. Sin embargo, la deuda subordinada y los bonos fueron transformados en acciones.

4. Como es sabido, esas acciones se vendieron al Banco Santander por un valor simbólico (1 Euro).

5. Parece (esto al menos es lo que ha dicho la Prensa) que una de las principales batallas en la adquisición de las acciones por Banco Santander fue la previsible acumulación de reclamaciones que los particulares van a impulsar mediante oportunas acciones legales.

6. Pese al “interés general” que se dice que presidió estas decisiones, lo cierto es que los derechos de los individuos deben en todo caso ser preservados y, caso de no poder serlo por ese presunto “interés general”, se deberá indemnizar a sus titulares.

7. A partir de aquí, surgen dos cuestiones:

a. ¿Qué calificativo merece esta actuación? ¿Podemos hablar de expropiación, de confiscación, de nacionalización momentánea …? En todo caso, ¿deberá indemnizarse?

b. ¿Y qué decir de los inversores que, fiados en la supuesta transparencia del proceso y la información suministrada, acudieron a la ampliación de capital del Banco Popular del año pasado? ¿Es creíble que en un año la situación haya cambiado tanto o es que faltó transparencia en el proceso? ¿Hay responsables? ¿Quiénes?

8. Seguramente a estas cuestiones se referían cuando se hablaba de la previsible acumulación de acciones legales. Esperemos que sea esto, una situación prevista y por tanto, la solución se demore lo menos posible.

9. La OCU ha entablado ya querella criminal contra la antigua cúpula de Banco Popular por estafa al inversor y falsedad contable. Una vez la querella haya sido admitida a trámite, las pruebas e informes económicos y financieros de la entidad que puedan obtenerse en este procedimiento de instrucción van a ser muy reveladores de si existió o no idoneidad y transparencia en el proceso tanto de ampliación de capital como de venta de la entidad.

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