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Divorcio e hipoteca. Reembolso de cuotas pagadas por el cónyuge no propietario

Desde Ramis abogados les queremos exponer una situación más habitual de lo que pensamos:

Me he casado en régimen de separación de bienes con mi pareja, que es propietaria de una vivienda o de un terreno.

Pasamos a convivir juntos y, tal y como están los precios del alquiler hoy en día, decidimos que lo más práctico es convivir juntos en la vivienda de su propiedad o construir entre los dos una casa en el terreno de su propiedad, que se declara como obra nueva también de su propiedad.

Ya sea porque mi cónyuge ya está pagando un préstamo hipotecario que concertó para su adquisición, ya sea porque ambos solicitamos un nuevo préstamo hipotecario para reformar la vivienda, o para construir esa casa en el terreno de su propiedad, la cuestión es que con esa idea de vida en común, el préstamo hipotecario va siendo pagado por ambas partes.

Sin embargo, el matrimonio llega a su fin y, como la vivienda es propiedad de mi ya excónyuge, la abandono. Y ahí me planteo: ¿Qué pasa con todas las cantidades que he pagado en concepto de amortización de esas cuotas de hipoteca?

Pues bien, en Sentencia de 5 de noviembre de 2019, el Tribunal Supremo ha casado (rectificado) una Sentencia previa de la Audiencia de las Islas Baleares:

a.) Reiterando que la amortización de cuotas de un préstamo hipotecario no entra dentro del concepto de cargas matrimoniales.

b.) Declarando en consecuencia que el excónyuge no propietario tendrá derecho al reembolso de la mitad de las cantidades empleadas en la amortización de las cuotas del préstamo destinado al pago de bienes privativos de la otra parte no sólo a partir de la fecha del divorcio, como había declarado previamente la Audiencia Provincial, sino también durante la vigencia del matrimonio.

Por tanto, si está en una situación similar, no dude en con nuestro despacho. Estamos a su disposición para estudiar y asesorarle en su caso concreto.

Íñigo Azcona, Abogado
Correo: ‘azcona@ramisabogados.com’

 

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