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Empieza la tramitación del cambio de criterio en las costas procesales

El pasado 20 de noviembre se aprobó la toma en consideración de la Proposición de Ley presentada por el PSOE para cambiar el criterio de “vencimiento objetivo” vigente por el que, a grandes rasgos, se condena al pago de las costas originadas por el proceso de ambas partes (la vencida y la vencedora), a la parte que ve rechazadas todas sus pretensiones en juicio. En su lugar, el citado partido propone que dicho criterio cambie, exigiendo que en todo caso exista “temeridad o mala fe” en el litigante, para que se le pueda condenar. Con todo ello se busca “evitar el efecto disuasorio que las costas judiciales tienen para ciudadanos con escasos recursos”.

RAMIS ABOGADOS acoge de buen grado que se debata sobre un tema tan crucial para la tutela judicial efectiva de los ciudadanos y espera que, de producirse algún cambio, sea para una mayor salvaguarda del equilibrio entre el derecho de acceso al procedimiento judicial por quien entiende vulnerados sus derechos y el derecho a no resultar perjudicado por los gastos que se le obliga a realizar a la persona que se ve arrastrada a un juicio que no ha querido y ha ganado.

Igualmente, vemos con buenos ojos que en los procedimientos en que sea parte un consumidor, la parte vencida siempre será condenada en costas (tal sería el caso de las reclamaciones a las entidades financieras reclamando  por las cláusulas “suelo” o los gastos de formalización de hipoteca).

Para más información:

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu12&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-12-B-160-1.CODI.%29

 

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