El A,B,C de la comunidad de bienes

¿Cuándo existe la comunidad de bienes? ¿Qué significa que es voluntaria o incidental? La comunidad formalmente considerada existe -de acuerdo con el art. 392 del Código Civil- cuando la propiedad de un bien o de un derecho pertenece proindiviso a varias personas, las cuales son copropietarias del mismo y se denominan “comuneros”. Si ese bien […]