Diferencias entre la legítima en el Código Civil y en la Compilación de Derecho Civil de las Islas Baleares

En primer lugar, podemos definir la legítima, siguiendo lo dispuesto en el artículo 806 CC, como: “La porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.” Tanto en el Código Civil como en la Compilación de Derecho Civil de las […]