Desde hace unos años, cada vez es más común escuchar en los telediarios y en conversaciones coloquiales palabras como “criptomonedas”, “Bitcoin”, “Blockchain” o “Tokens”. Pero, ¿qué significan realmente estas palabras? Y lo más importante, ¿Qué implican jurídicamente?
Para poder hacer una explicación exhaustiva de estos términos se necesitan horas y cientos de páginas, por lo que intentaremos realizar una breve y concisa aproximación a los términos más importantes, para poder ir desarrollándolos progresivamente en futuras publicaciones.
Comenzaremos con la parte más amplia: Blockchain. Para ser breves “e ir al grano”, podemos definir Blockchain como la tecnología que está detrás de las criptomonedas, pero la cual no se circunscribe exclusivamente a ellas, sino que ofrece muchos otros usos y multitud de posibilidades de negocio en cientos de industrias diferentes (como pueden ser la farmacéutica, ONG’s, transporte de mercaderías y un largo etc.). Esta tecnología, se puede definir como una base de datos informática que tiene unas particularidades concretas que la hacen especial. Entre estas particularidades destacan la inmutabilidad, la trazabilidad de las operaciones, la descentralización, la transparencia y la transmisión digital de valor.
Es importante que recuerden que Blockchain es la tecnología que está detrás de las criptomonedas, pero que va mucho más allá de ellas, habiéndola definido grandes expertos como una de mayores revoluciones tecnológicas que vamos a experimentar – a la altura de la disrupción que en su momento propició Internet-.
Una vez sabemos que Blockchain es la tecnología, vamos al siguiente paso, ¿qué son las criptomonedas o criptodivisas?
Es difícil encontrar una definición universal que contente a todo el mundo puesto que las mismas varían dependiendo del ámbito en el que nos encontremos. Como definición genérica no jurídica podríamos decir que las criptomonedas son un tipo de “dinero digital” o “cash -efectivo- digital- que se sustenta en la tecnología Blockchain.
No obstante, resulta más difícil conseguir una definición jurídica que sea ampliamente aceptada. De hecho, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, nuestro Tribunal Supremo y la Dirección General de Tributos no acaban de ponerse de acuerdo en los detalles de la misma. Pero como último ejemplo de definición os dejamos la del Notario de Formentera D. Javier González Granado:
“Bien patrimonial, privado, incorporal, digital, en forma de unidad de cuenta y creado mediante un sistema informático utilizado como medida común de valor por acuerdo de los usuarios del sistema”
También es importante resaltar que hay diferentes tipos de monedas, con distintos usos y con diferentes comportamientos -a modo de ejemplo, algunas de ellas tienen un valor estable mientras que el de otras fluctúan-.
Por último, ¿qué es Bitcoin? Bitcoin es una de las miles de criptomonedas que existen a día de hoy, la cual destaca por haber sido la primera y ser la más negociada del mundo. Actualmente tiene una capitalización de mercado superior a los 210.000 millones de dólares y un volumen de comercio que ronda los 40.000 millones de dólares.
Recientemente, el Tribunal Supremo se pronunció sobre ella manifestando que en modo alguno es dinero, o puede tener tal consideración legal, especificando que:
“El bitcoin no es sino un activo patrimonial inmaterial, en forma de unidad de cuenta definida mediante la tecnología informática y criptográfica denominada bitcoin, cuyo valor es el que cada unidad de cuenta o su porción alcance por el concierto de la oferta y la demanda en la venta que de estas unidades se realiza a través de las plataformas de trading Bitcoin.”
Como habrán podido observar, si es la primera vez que leen sobre criptomonedas y Blockchain, no se trata de una materia sencilla ni fácil de comprender. No obstante, deseamos que con esta primera aproximación hayan podido comprender la diferencia entre las mismas y que sin duda, seguirán siendo tema de conversación los próximos años.
En siguientes publicaciones abordaremos otros elementos del mundo Blockchain como son los Smart Contracts -contratos inteligentes- o Wallets – monederos virtuales-.