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El Impuesto de Plusvalía es inconstitucional en determinados casos

El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado que el “Impuesto Municipal de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana”, comúnmente conocido como “la plusvalía”, es inconstitucional cuando la cuota a pagar es mayor al incremento realmente obtenido por el ciudadano, pues en tal caso se estaría tributando por una renta inexistente, virtual o ficticia.

Y, continúa diciendo el Tribunal, tal cosa contraviene los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad del art. 31.1 de nuestra Constitución.

Es importante reseñar que, según parece, el Tribunal limita las reclamaciones a las situaciones que todavía no son firmes.

La Sentencia no ha sido publicada aún, si bien el Tribunal Constitucional ha adelantado la noticia a través de su web por lo que, para más información de momento les agradeceremos pulsen aquí o aquí 

 

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