El juzgado de Primera Instancia nº 19 de Palma ha condenado a la empresa Vodafone a indemnizar con 6.000€ a una empresa mallorquina, por haberla incluido indebidamente en un fichero de morosos con los consiguientes daños al honor y actividad de la compañía ubicada en el ParcBit.
La sentencia también condena a la operadora de móvil a las costas del proceso, todo por haber atentado al derecho al honor al inscribir en el registro Bandecug-Experian a la empresa tecnológica por una deuda incierta, tal como reclamó Ramis Abogados, bufete que interpuso la demanda contra la operadora.
Todo comenzó cuando Vodafone no entregó unos terminales acordados por contrato. La empresa mallorquina, que había estado reclamando durante meses los terminales contratados y necesarios para su trabajo, al no obtener respuesta se vio obligada a cambiar de operadora. La reacción de Vodafone fue inscribir a la empresa mallorquina en un registro de morosos durante dos años, lo que le ocasionó dificultades operativas y graves daños a su imagen como empresa.
Ante tal situación, la empresa tecnológica presentó una demanda contra Vodafone que ya tiene sentencia dándole íntegramente la razón, tanto en la cuantía de la indemnización como al abono de los costes del proceso. La operadora ha recurrido la sentencia.