Según reiteradamente tratado en comentarios previos, el último de ellos del pasado 3 de noviembre de 2021, desde el 14 de marzo de 2020 y hasta la que hace apenas unos días era última prórroga, prevista hasta el pasado 28 de febrero de 2022, ya llevamos prácticamente 2 años de suspensión de procedimientos de desahucio y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
Pues bien, por si ese plazo de 2 años no fuere suficiente, mediante el reciente Real Decreto-ley 2/2022 de 22 de febrero, que modifica el Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo que es de referencia, el Gobierno ha optado por prorrogar de nuevo ese plazo de suspensión. Esta vez, hasta el 30 de septiembre de 2022. ¿Suma y sigue, hasta cuándo?
Señalar no obstante que, en consonancia con esa ampliación del plazo de suspensión, se ha ampliado también el plazo para que los propietarios puedan solicitar la obtención de compensaciones previstas en el Real Decreto-ley 37/2020 de 22 de diciembre y en el Real Decreto 401/2021 de 8 de junio, que viene a paliar en cierta medida el perjuicio ocasionado a los propietarios/arrendadores. Tal solicitud podrá presentarse hasta el 31 de octubre de 2022.
Para finalizar comentar que, tras prácticamente 2 años -y vamos a irnos hasta los 2 años y medio- difícilmente puede defenderse que estemos ante una situación de extraordinaria y urgente necesidad (que, no se olvide, es el presupuesto habilitante de todo Real Decreto-ley), por lo que el uso reiterado de esta herramienta legislativa por parte del Gobierno para afrontar esta problemática probablemente excede ya de todo margen razonable de discrecionalidad.
En definitiva, continuos parches ante la manifiesta y persistente incapacidad de las administraciones públicas y de los servicios sociales para encontrar soluciones que no supongan cargar todo el peso de las medidas en las espaldas de los propietarios y a la espera de la tramitación parlamentaria del proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda.
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