En el año 2022, la Ley Concursal fue enteramente reformada por la Ley 16/2022, de 5 septiembre.
Sin embargo, una parte de esta nueva Ley Concursal (la del Libro Tercero) aún no había entrado en vigor porque se fijó un período transitorio hasta 2023.
Así, por efecto de la Disposición Final Decimonovena de la citada Ley 16/2022, el referido Libro Tercero “… entrará en vigor el 1 de enero de 2023, salvo el apartado 2 del artículo 689, que entrará en vigor cuando se apruebe el reglamento a que se refiere la disposición transitoria segunda de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre [sobre la regulación de la administración concursal que tanto se está demorando] …”.
Este Libro Tercero es el que regula el concurso de las microempresas, concepto que define el art. 685 de la Ley como las que tienen las siguientes características (muy sucintamente):
- Menos de 10 trabajadores.
- Volumen de negocio anual de menos de 700.000 euros o un pasivo de menos de 350.000 euros.
- Menos de 10 trabajadores.
- Volumen de negocio anual de menos de 700.000 euros o un pasivo de menos de 350.000 euros.
Pues bien, este nuevo proceso concursal, en principio mucho más simple y adaptado a las necesidades y posibilidades de las pequeñas empresas, ha entrado en vigor con este principio de año, el 1 enero 2023.
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