Tal y como los lectores ya sabrán, finalmente y contra todo pronóstico el Tribunal Supremo, tras sus idas y venidas, ha decidido que quien debe afrontar el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados sea el cliente que solicita un préstamo hipotecario, y no la entidad bancaria.
A día de hoy el Tribunal Supremo no ha realizado comunicado oficial ni ha publicado el fallo de la Sentencia, por lo que deberemos seguir esperando unos días más para conocer los argumentos esgrimidos por el Alto Tribunal para justificar su decisión.
Desde Ramis Abogados le seguiremos manteniendo informados, mientras tanto, les facilitamos el enlace a la nota de prensa publicada por el Poder Judicial.