El Juzgado de lo Contencioso número 3 de Valencia ha dictado sentencia por la que estima el recurso contencioso administrativo que una empresa hotelera interpuso contra el Ayuntamiento de Valencia.
En síntesis, la sentencia establece que el Ayuntamiento de Valencia ha de reembolsar a la hotelera 26.888,70 euros pagados en concepto de IAE (Impuesto de Actividades Económicas) del ejercicio 2020 y que se corresponden con el tiempo en que la actividad hotelera no pudo desarrollarse debido al cierre y las restricciones acordadas durante la pandemia.
En Ramis Abogados consideramos que se trata de una sentencia que contiene un razonamiento simple y claro y, por tanto, difícilmente va a poder ser revocada.
Esta sentencia confirma la apertura del campo de las reclamaciones de devolución de los tributos que, como el IAE, gravan hechos imponibles cuyo desarrollo ha resultado imposible o restringido a causa de la pandemia COVID-19.