¿Cuántas normas se salta una fiesta ilegal en los tiempos de la COVID-19? Es la pregunta que se plantea nuestro compañero Nicolau Vidal en su columna de opinión del diario digital de Canal4.
Es habitual ver en los noticiarios fiestas ilegales convocadas por todo el país. La gente se las ingenia y organiza eventos tanto en casas privadas como en espacio públicos. Por ejemplo, la montaña o la playa. Está claro que el riesgo para la salud pública es alto. Y ya ni nos imaginemos el hecho de que estas fiestas sean en espacios cerrados. Con mascarilla o sin ella el riesgo de contagio precede a la tormenta. Ahora bien, independientemente del riesgo a la salud pública la pregunta que se plantea el abogado Nicolau Vidal tiene que ver con qué normas jurídicas se enfrentarían un grupo de jóvenes que organizan una rave en la montaña.
A continuación, os facilito ejemplos concretos de algunas de las normas que se quebrantan en este supuesto:
-Reuniones Sociales (Solo pueden reunirse hasta 6 personas de 2 grupos de convivencia distintos. Debemos entender que no son convivientes).
-Toque de Queda (No estar en tu domicilio -o en el de tu pareja, entendemos- es una infracción administrativa).
-No llevar mascarilla ni respetar la distancia de seguridad (Otras dos infracciones administrativas que -necesariamente- se producen cuando se llevan a cabo estas actividades).
-Prohibición de acampar (no se trata de una norma relacionada con la Covid-19 pero ahí está, claro).
En cualquier caso, si desea obtener más información sobre esta cuestión, puede contactar con el equipo Ramis Abogados para resolver cualquier duda.
Yahaira Agredo Velásquez. Responsable de comunicación.
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