medidas urgentes para Baleares

Mil millones para Baleares y una nueva prórroga concursal

El sábado, 13 marzo 2021, apareció en el BOE el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 (Disposición 3946 del BOE núm. 62 de 2021).

Es el famoso y esperado Real Decreto-Ley cuya principal novedad es la aportación de “los 1.000 millones para Illes Balears” que ha ocupado la portada de nuestros principales periódicos estos días, a modo de ejemplo:

Economiademallorca.com: 1.000M€ de ayudas directas para 40.160 empresas de Baleares | EconomíadeMallorca | El periódico económico de Illes Balears (economiademallorca.com)

Última Hora: Coronavirus en Baleares: 1.000 millones en ayudas directas para empresas (ultimahora.es)

Diario de Mallorca: Armengol cifra en más de mil millones las ayudas que llegarán a cuarenta mil empresas de Baleares: «Es un acuerdo histórico» – Diario de Mallorca

Además de esos 1.000 millones para Illes Balears, se acuerda ampliar los plazos concursales (de los que ya nos ocupamos en Nueva regulación del Concurso de Acreedores – Ramis Abogados y que fueron luego nuevamente ampliados por segunda vez por la Ley 3/2020 de 18 septiembre). Es, pues, la tercera prórroga.

Ahora, la Disposición Final Séptima del Real Decreto-Ley 5/2021 amplía otra vez esa segunda moratoria de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, modificando sus artículos 3 y siguientes. En resumen, se prorroga hasta el día 31 diciembre 2021:

  1. La posibilidad de solicitar la modificación de convenio en período de cumplimiento o de acuerdo de refinanciación.
  2. La preferencia de la solicitud voluntaria de declaración de incumplimiento de convenio o de acuerdo de refinanciación sobre la solicitud de los acreedores.
  3. La obligación de solicitar la liquidación por incumplimientos posteriores a la aprobación de convenio.
  4. El deber del deudor de solicitar concurso y la inadmisión de solicitudes de concurso necesario presentadas desde el 14 marzo 2020.
  5. La innecesariedad de vista en los incidentes de reintegración de la masa activa.
  6. la tramitación preferente de determinados expedientes concursales (incidentes en material laboral; enajenación conjunta de bienes; propuestas de convenio, su modificación y relacionados; incidentes de reintegración de masa activa; homologación de acuerdos de refinanciación o su modificación; medidas conservativas de bienes y derechos del concursado; concurso consecutivo; beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho).
  7. Las medidas para flexibilizar la enajenación de masa activa.
  8. La agilización de la tramitación del acuerdo extrajudicial de pagos, concurso consecutivo y beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

Hacemos este rápido anuncio por razones de urgencia en darles la información, si bien ya nos comprometemos a incorporar en muy breve un análisis de los famosos mil millones y de los efectos de esta nueva prórroga concursal.

El presente artículo informativo se publicita a efectos meramente orientativos, no constituyendo en ningún caso asesoramiento legal directamente aplicable y vinculante. Si desea asesoramiento sobre su caso concreto, no dude en contactar con nosotros: administracion@ramisabogados.com

Yahaira Agredo Velásquez. Responsable de comunicación

Correo: comunicacion@ramisabogados.com

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